

DECRETO No. 652
CREACIÓN DE LA PARROQUIA SAN DIONISIO
EL CARDENAL RUBÉN SALAZAR GÓMEZ, ARZOBISPO DE BOGOTÁ
CONSIDERANDO:
1. Que la salud de las almas, el bien espiritual y la necesidad urgente de una Nueva Evangelización, hacen necesaria la creación de una nueva Parroquia en la Vicaría Episcopal Territorial de San José.
2. Que corresponde al Obispo Diocesano erigir las parroquias, tanto territoriales como personales, y constituir de modo estable las comunidades de fieles que bajo su autoridad se encomiendan a un párroco como su pastor propio (cfr. c. 515 § 2).
3. Que se dan las causas canónicas para erigir una Parroquia en dicho territorio, de acuerdo con lo establecido en el Decreto ConciliarChristus Dominus 32, el Motu Propio Ecclesiae Sanctae 1,21.1 y el Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos Apostolorum Successores 213-214.
4. Que el proceso de formación de estos sectores ha llevado una vida pastoral dinámica y una vida litúrgica y sacramental intensa, tenido como objetivo la creación y promoción de la conciencia de ser un sector parroquial con miras a configurarse como una nueva Parroquia.
5. Que a tenor del canon 515 §2 del Código de Derecho Canónico, oído el parecer del Consejo Episcopal en su sesión del 14 de febrero de 2014, fue aprobada la creación de dicha Parroquia.
DECRETA:
1. Segregada de la parroquia San León Magno, eríjase una Parroquia bajo el título de “San Dionisio”, en el Arciprestazgo 4.3., de la Vicaría Episcopal Territorial de San José, que incluye los barrios Atenas, el Ángulo y la Colmena. Los límites de la nueva parroquia quedan de la siguiente manera: Punto de partida en la Avenida de la Victoria : carrera 4ª Este, con calle 36B Sur; continúa por la Avenida de la Victoria hacia el Sur hasta la Avenida Villavicencio, Calle 37 Sur; baja hacia el Occidente por la Avenida Villavicencio hasta la carrera 1B; se dobla hacia el norte (barrio el ángulo) hasta la calle 36D Sur, se toma la carrera 2ª Este hacia el norte; se sube por la calle 36B Sur, hasta encontrar la Avenida de la Victoria, carrera 4ª Este, barrio la (colmena) Carrera 2B N0 1-95, se toma la calle 37 Bis A Sur 90con Avenida 1, hasta la carrera 3 A Este con calle 37 A Sur punto de partida.
2. Modifíquense los límites de la Parroquia San León Magno, en el Arciprestazgo 4.3, de la Vicaría Episcopal Territorial de San José, que incluye los barrios Bello Horizonte y la Joyita, quedando de la siguiente manera: Punto de partida en la carrera 3ª con calle 31 Sur. Continúa hacia el oriente por la calle 30A sur hasta la Avenida de la Victoria, carrera 4ª Este. Continúa hacia el sur hasta la calle 36B Sur. Hacia el occidente por la calle 36B Sur hasta carrera 0. Hacia el noroccidente de la calle 36B Sur hasta la calle 32 Bis Sur con carrera 3ª y por esta hasta la calle 31 Sur, punto de partida.
3. Quedan modificadas las disposiciones del Decreto No. 650 del 8 de agosto de 2000, en cuanto se refiere a los límites de la Parroquia San León Magno.
El presente Decreto rige a partir del momento en que tome posesión canónica, quien haya sido promovido para llevar la cura pastoral de la nueva parroquia.
Bogotá, 22 de abril de 2014.
Ricardo Pulido Aguilar, Pbro.
Canciller
Cardenal Rubén Salazar Gómez
Arzobispo de Bogotá y Primado de Colombia
Párroco: Señor Presbítero Mario Pinzón Olejua, en San Dionisio, V.E.T. San José.











